PLATAFORMA CATALUÑA INCLUSION |
Posted: 20 Feb 2012 11:36 AM PST Por Antonio Centeno Todos los indicadores apuntan a una clara exclusión social de las personas con diversidad funcional. En el ámbito de la educación hay que diferenciar entre educación especial (el alumnado es segregado en función de sus características personales), la integración escolar (los alumnos deben adaptarse al sistema, con algunos apoyos, a menudo insuficientes) y la educación inclusiva (la totalidad del sistema, incluyendo formación del profesorado y procesos pedagógicos, se adapta a toda la diversidad humana) La potencia del modelo de educación inclusiva radica en que no es tanto un fin como un medio. La urgencia vital de garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la educación de la infancia con diversidad funcional facilita caer en la tentación de justificar los atajos segregacionistas de la educación especial y la hipocresía estigmatizadora de la integración escolar. Respecto a las leyes que deberían garantizar la educación inclusiva, el "Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad" de la ONU, en sus conclusiones sobre el informe presentado por España, afirma que: Esta grave situación deriva de causas estructurales, especialmente la tolerancia legislativa de una doble red educativa que segrega en función de las características personales del alumnado (artículo 74.1 de la LOE, artículo 81.4 de la LEC), y puede visualizarse con claridad en los casos concretos que recogen los informes de Solcom 2010 y 2011 y en el "Libro rojo de la educación española". fundamental para la igualdad, la justicia y la libertad, no valen medias tintas |
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