martes, 13 de julio de 2010

Defensor del Pueblo pidió a Educación evitar la clasificación de centros con la prueba de 6º

MADRID, 10 Jul. (EUROPA PRESS) -


El Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, llegó a pedir a la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid medidas para evitar que con los resultados de la Prueba de Conocimientos y Destrezas Indispensables que realizan los alumnos de 6º de Primaria se pudieran hacer posteriormente 'ranking' de centros, según las notas.

Así se desprende del Informe del Defensor del Pueblo correspondiente a 2009, recogido por Europa Press, en el que se explica que comenzó a analizar la situación que generaba esta Prueba cuando un grupo parlamentario de la Asamblea de Madrid (en la oposición) presentó una queja contra la Consejería por no haber cuidado este punto.

Este conflicto ha llegado hasta la actualidad, cuando PSOE e IU así como la FAPA Francisco Giner de los Ríos y los sindicatos de educación siguen solicitando que no se publiquen los resultados de esta evaluación externa para evitar beneficiar a unos centros en detrimento de otros. Consideran que hay factores sociales y esenciales que no se tienen en cuenta en la prueba y que afecta a los resultados directamente.

En concreto, hace dos años denunciaban el incumplimiento del deber de custodia derivado del artículo 7.2 de la Orden de la Consejería de Educación 1979/2008, del 11 de abril, por la que se dictan las instrucciones relativas a la celebración de la prueba, al haber hecho públicos los resultados de la misma, en concreto, de la celebrada en mayo de 2008.

Esto, según explicaban, posibilitó a los medios de comunicación la elaboración y la publicación de clasificaciones de los centros participantes --la mayoría de la red de la Comunidad de Madrid-- en función de los resultados obtenidos por cada uno de ellos en relación con los demás.

La Institución recuerda en su informe que la Ley Orgánica de Educación (LOE) advierte de que el logro de la evaluación del sistema educativo, en este caso, con la PDI, "no podrá amparar que los resultados obtenidos puedan ser utilizados para valoraciones individuales de los alumnos o para establecer clasificaciones de los centros.

Ante esta situación, solicitó a la Consejería información al respecto y, en concreto, sobre los términos precisos en que los resultados de dicha prueba se habían hecho públicos, así como que explicaran su criterio sobre la custodia y publicación de los datos de la prueba y la línea de actuación en anteriores ocasiones.

Sin embargo, el Defensor explica que el informe que mandó Educación no daba respuesta a estas cuestiones (custodia y publicación de datos) y se limitaba a informar de que los resultados de la prueba se habían entregado a la presidenta de la Asamblea, Elvira Rodríguez, en diciembre de 2008.

Frente a esto, "parecía incuestionable", continúa el Defensor, que diversos medios habían hecho los 'rankings' y todo pese a que la Orden de la Consejería contiene las instrucciones específicas para "garantizar el anonimato de los centros y el de los alumnos participantes responsabilizando a la custodia de los resultados a la Administración educativa".

Y es que, según reza dicha orden, no sólo se evitaba con ello que los resultados se utilicen para clasificaciones, sino que así se cumplía el objetivo de la prueba que es el de "conocer en qué medida el actual currículo proporciona los conocimientos y destrezas que son indispensables para iniciar la educación secundaria obligatoria con garantía de éxito".

Por ello, para el Defensor, la Comunidad no sólo tiene que prohibir la elaboración de tales clasificaciones sino que tiene "el deber legal de adoptar cuantas medidas sean necesarias, tanto en la custodia como en la difusión de los resultados para evitar que resulte posible su elaboración".

Así, se le recordó a la Consejería sus deberes legales en este sentido y se le recomendó que en lo sucesivo se adoptasen las "medidas oportunas, tanto en la realización de las pruebas de evaluación externa o de diagnóstico como en la custodia y difusión de los resultados para evitar que puedan elaborarse clasificaciones de centros docentes".

Por su parte, la Consejería se afirmó en su derecho a ofrecer información de dichos resultados relativa a cada uno de los colegios de los distintos municipios de la región a los centros, a las familias y "en cumplimiento del compromiso adquirido en tal sentido, a la Asamblea de Madrid".

Una vez reiteradas las razones jurídicas que sirvieron a la formulación de las resoluciones que hay al respecto y que la Consejería "se ha negado a poner en práctica", el Defensor del Pueblo decidió dar por concluida la tramitación efectuada sobre esta queja.

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