miércoles, 21 de septiembre de 2016

Dolo de la Administración educativa en la Comunidad de Madrid





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Dolo de la Administración educativa en la Comunidad de Madrid

by extrematuhorizonte
Una compañera interina, nos envía la siguiente reflexión que bien puede servir de ejemplo y denuncia de lo que año tras año sucede en el inicio de curso madrileño...

¿Hay voluntad maliciosa por parte de la Administración de vulnerar el derecho de los alumnos de la Escuela Pública a ser calificados en la evaluación final de curso de septiembre por el profesional docente que les ha dado clase durante el curso?
El periodo de contratación de los docentes y las nuevas instrucciones para su incorporación al inicio de curso ponen de manifiesto el consciente incumplimiento de las obligaciones de una Administración al servicio de la educación pública.
Quiero compartir la indignación que experimento en estos primeros días de curso con respecto a la gestión de la Administración madrileña en materia educativa.

Me limitaré a narrar mi caso, como ejemplo que ilustra una situación compartida que se traduce en actuaciones gravemente dañosas a derechos básicos tanto del alumnado como de los propios docentes que son provocadas por esta Administración. Si es que no hay voluntad de causar el daño que efectivamente se comete con las medidas impuestas, podríamos decir que la Administración es simplemente incompetente en la gestión educativa, algo inadmisible cuando nos referimos a un derecho fundamental como la educación, y nos limitaríamos a exigir una urgente rectificación de estas actuaciones. Si como sospechamos hay abuso de poder y voluntariedad en la gestión al provocar daño a los derechos de los miembros de la comunidad educativa en la Escuela Pública como una forma de contribuir a su paulatino desprestigio y al deterioro de la calidad de sus servicios, entonces, además de exigir una rectificación, denunciamos la intencionada negligencia en las funciones propias de una Administración pública.
Comencemos pues esta historia por el principio.
Tras aprobar con buena nota mis oposiciones de filosofía en el año 2006, sin plaza debido al escaso número de ellas que se ofertaban, me incorporé a la lista de interinos. Se iniciaba así mi andadura profesional vinculada a una Administración que habría de exigirme absoluta disponibilidad y dedicación exclusiva en las condiciones laborales que se me ofrecieran, fueran puestos de jornada completa, media jornada, un tercio de jornada (que por aquel entonces también ofrecía una Administración insensible a las necesidades más básicas de supervivencia económica) o sustituciones puntuales para cubrir bajas del docente titular (que en algunos casos pueden ser de uno o dos meses de trabajo repartidos a lo largo de todo un curso). La situación económica del interino/a no se considera, solo se le exige esa absoluta disponibilidad y dedicación si no quiere decaer de las listas. Los costes personales y materiales que supone mantenerse en ese listado de interinidad, y en concreto en una especialidad como la de filosofía (en la que las oposiciones no se convocan de manera regular y salen muy pocas plazas), varían dependiendo de las distintas situaciones que hemos mencionado.
Puedo considerarme afortunada; durante cuatro años pude trabajar a media jornada con vacantes anuales y los contratos que firmaba con la Administración para desempeñar mi labor en un mismo centro educativo acababan al final del curso escolar, tras los exámenes de septiembre. Así fue hasta llegado el 2010-2011. No me llamaron iniciado el curso; para mi desesperanza pasaban los meses y seguían sin llamarme para incorporarme a dar clase. Imaginé inicialmente que ese año, a falta de vacantes a media jornada, me llamarían para realizar sustituciones. Pero los meses transcurrían lentos y esto no sucedió. No me llamaron ese año, ni al otro, ni al siguiente... Me vi afectada por los recortes educativos.
Salí de un plumazo de la docencia en la Escuela pública. Todo mi esfuerzo y dedicación en la diaria preparación y mejora constante de mis clases, mis varias oposiciones aprobadas sin plaza, mi experiencia docente hasta ese momento, todo se quedó atrás de cara a la Administración que prescindió de mis servicios sin más. Tras mi abrupta salida de la Escuela Pública compruebo en carne propia que la Administración exige lo máximo al interino (máxima preparación de cara al proceso de oposición y máxima renuncia en cuanto a su exigencia de incompatibilidad) y se reserva el poder de prescindir de estos profesionales sin importarle el daño personal y social que ello implica y ocasiona. Mucho se ha escrito y muchas voces se han manifestado y siguen clamando en relación con el deterioro de la Educación Pública que suponen esos inadmisibles recortes, de modo que el daño no fue solo a los profesionales afectados directamente por los impunes despidos masivos llevados a cabo, sino que afectó directamente al resto de profesionales que mantenían su puesto y al alumnado, que habrían de enfrentarse a la pretensión de la Administración de degradar  la calidad de la enseñanza pública, a esta grave lesión en los servicios ofrecidos que se tradujo en el aumento de ratios por aula, cierres de grupos de refuerzo, reducción de plantillas para la atención a la diversidad y un largo etc. Me limitaré, como anunciaba, a seguir exponiendo mi caso concreto porque la vulneración de derechos y la voluntad de deterioro de la Educación Pública no acaban ahí por parte de esta Administración.
Por mi parte emprendí nuevos rumbos profesionales que seguían vinculándome a la docencia y a la filosofía, mi vocación y pasión, aunque fuera del ámbito formal. Otros compañeros se quedaron en el camino, y se vieron obligados a abandonar su truncado sueño docente y forzados a emprender nuevos caminos profesionales; algunos cercenaron, junto a su sueño, la propia vida, pues también conozco personalmente algún caso de suicidio por desesperación ante tan dura situación de precariedad y desempleo después de toda una trayectoria de denodado esfuerzo académico y profesional.
Para mi completa sorpresa, cinco años después, en el curso 2015-2016, me llamaron de la lista de interinos para incorporarme como docente a jornada completa en un centro educativo público de la Comunidad de Madrid. Abandonados quedaron los proyectos que emprendí con gran tesón para poder salir adelante profesionalmente sin renunciar a mi vocación y sin saber la continuidad de esta retomada andadura. Descubro, a mi regreso a las aulas de la Escuela Pública, que el contrato que me facilita la Administración madrileña me vincula con mi centro educativo únicamente desde el comienzo de las clases en el instituto hasta el 30 de junio y que no se me garantiza que sea yo quien examine, corrija y califique a aquellos de mis alumnos que reciben su nota final de curso tras las pruebas de septiembre. Que la Administración no garantice que esta calificación final de un alumno a lo largo de un curso sea puesta por un profesor que le conoce y le ha dado clase, aquel que dispone de una valiosa y relevante información respecto a su particular evolución en su proceso de aprendizaje, me parece del todo inadmisible y un atropello a los derechos que le asisten como educando. Esta precarización laboral que viene practicando la Administración va dirigida a ahorrarse los gastos de contratación del personal docente interino durante el verano y supone además un agravio comparativo respecto al resto de compañeros funcionarios, pues en nada difieren las tareas docentes que realizamos durante todo el curso escolar y sí difieren radicalmente los derechos reconocidos a unos y otros profesionales.
A finales de este mes de julio aparecen publicados los destinos para el nuevo curso escolar 2016-2017. Me han asignado un nuevo centro educativo y las instrucciones de inicio de curso son claras: los docentes han de incorporarse desde el día 1 de septiembre a su nuevo centro y tienen la responsabilidad de asumir las tareas propias de su puesto desde ese preciso momento. De modo que si es menester tendré que examinar allí en las pruebas de septiembre a unos alumnos a los que no he dado clase, mientras otro profesional examina a mis alumnos en septiembre sin haberlos dado clase nunca. Todo un despropósito. O quizá con un propósito bien claro.
En la fecha indicada por la Administración me presento en la nueva DAT y en mi nuevo centro. Allí compruebo que los profesionales funcionarios que han dado clase durante el pasado curso, desatendiendo esas instrucciones y velando por la calidad de la enseñanza educativa, están examinando a sus alumnos, de modo que se me informa de que en esos primeros días no tengo tareas asignadas en mi nuevo departamento. Preocupada por los exámenes de septiembre de mis alumnos solicito ausentarme del nuevo centro para poder acudir al día siguiente a mi antiguo centro, fecha en la que realizan mis alumnos su examen final de curso.  Acudo a mi antiguo centro el día 2 de septiembre y solicito allí permiso, tanto a la dirección como al profesional que ha asumido el que fuera mi cargo como docente, estar presente durante la realización del examen de mis alumnos, de modo que no se intranquilicen al comprobar que los examina en su prueba final de curso una persona que en ningún momento les ha dado clase y los desconoce completamente. El profesional que ha asumido mi puesto docente, aunque sabe de los criterios mínimos de evaluación exigibles para superar una materia, no tiene conocimiento alguno de cómo han sido abordados en mis clases los contenidos de la programación en cada uno de los cursos. No dispone, por tanto, de criterios suficientes que le permitan una calificación objetiva de acuerdo a lo que se ha dado en clase. Es importante señalar que las pruebas de septiembre no solo consisten en superar la materia según los mínimos establecidos por ley, sino que pueden suponer una mejora en la nota y para ello hay que tener conocimiento explícito de los contenidos tal y como han sido trabajados en clase. De hecho, algunos de estos alumnos son de Bachillerato y la nota final del curso es muy importante de cara a su próximo futuro académico y a la PAU a la que tienen que presentarse en este mismo mes de septiembre; la nota final de un curso es determinante en muchos casos y esta solo puede provenir de un profesional que les haya impartido clase y cuente con información suficiente respecto a su alumnado. Solicito también a la directiva poder estar presente en la junta de evaluación final de mis alumnos, que se debería celebrar junto con el resto de profesores que les han dado clase; algo que en ningún caso esta medida administrativa garantiza que vaya a suceder.
La negligente gestión de la Administración permite que los alumnos no sean evaluados de un curso por su profesor. Esto me parece del todo punto denunciable. Los contratos de la Administración deben garantizar que el profesorado pertenece a un centro educativo durante todo el periodo escolar, que comienza con el inicio de las clases y concluye tras las evaluaciones finales de septiembre, de modo que el profesor que les da clase pueda hacerse cargo, sin excepción alguna, de todas y cada una de las funciones que le competen. La casual coincidencia de circunstancias favorables o la buena voluntad del profesorado no son suficientes, es la eficaz gestión de la  Administración la que debe velar para que el derecho a la calidad durante esta fase final del proceso educativo que ofrece la Escuela Pública no se degrade.
Pertenezco por contrato a un nuevo centro desde el día 1 de septiembre; en él no se me ha puesto impedimento alguno para que pueda acudir a mi anterior centro a supervisar la correcta evaluación final de mis alumnos. Pero otras medidas de la Administración, como la imposición de los directores de los centros al margen de la decisión democrática de los claustros, además de suponer una injerencia inadmisible a la autonomía de los centros y  un abuso de poder, tampoco me garantizarían poder velar, como he hecho, por el derecho que asiste a mis alumnos. Los nuevos directores seleccionados por la propia Administración bien pueden negarse a que nos ausentemos de nuestros nuevos centros para atender a nuestros alumnos en sus exámenes finales de curso, bajo amenazas de sanción si no se cumplen las instrucciones de la Administración.  ¿Con qué objeto todo esto? El deterioro de la Escuela Pública se presenta como objetivo fundamental de esta Administración, mientras se apuesta por subvencionar la iniciativa privada a través de los conciertos educativos, en muchos casos de carácter confesional, lo que resulta también constitucionalmente denunciable.
¿Seguirá atentado la Administración contra los derechos de la comunidad educativa? En mi caso, por el momento aún no dispongo del nuevo contrato que me confirme y garantice que podré evaluar en las pruebas finales de curso a los que este año habrán de ser mis nuevos alumnos.

extrematuhorizonte | 20/09/2016 a las 21:10 | Categorías: Denuncias | URL: http://wp.me/p1k2La-3tr
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