domingo, 24 de julio de 2016

"50 años de la adopción de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos"- 22/07/2016






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Estas son las últimas explicaciones publicadas en United Explanations:

50 años de la adopción de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos
El siglo XX se caracterizó por el desarrollo y universalización de los derechos humanos. Sin embargo, también fue un siglo, como lo es el siglo XXI, en el que se produjeron violaciones masivas y graves de estos derechos. Así pues, se tiene la percepción de que los derechos humanos se vulneran de forma sistemática, pero al mismo tiempo el incremento de la información permite conocer lo que sucede en distintos rincones del mundo. Un punto de inflexión en cuanto a la formulación y el reconocimiento jurídico de los derechos humanos fue el fin de la Segunda Guerra Mundial (1939-1945). El desastre de la guerra conllevó una mayor concienciación de la necesidad de proteger la dignidad humana. Después de 1945, se desarrollaron algunas tendencias o procesos respecto a los derechos humanos. Jordi Bonet Pérez enumera los siguientes puntos básicos: la internacionalización de los derechos humanos, la consolidación del reconocimiento jurídico de los derechos económicos y sociales, la formulación jurídica del reconocimiento de los derechos, los procesos de descolonización, la presencia de aspectos sociopolíticos relevantes entorno al desarrollo de las políticas de derechos humanos y la consolidación de reivindicaciones nuevas en materia de derechos humanos.
La bipolarización de la Guerra Fría Tras la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada con un amplio consenso en 1948, las Naciones Unidas se volcaron en la construcción de un sistema universal de protección de los derechos humanos. El problema principal fue que el tratado internacional que debía convertir en norma jurídica el contenido de la Declaración topó con el enfrentamiento ideológico de la Guerra Fría. Por ello, ya en 1952 se decidió elaborar dos tratados diferentes que dieran respuesta a ambas opciones político-jurídicas. Aunque fueron aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1966, los Pactos Internacionales no entrarían en funcionamiento hasta diez años después. Actualmente, más de 150 estados forman parte de los Pactos, por lo que se puede afirmar que son prácticamente universales. Sin embargo, no debemos olvidar su distinto alcance o protección. Mientras que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) especifica que todos los estados parte deben respetar y asegurar los derechos enunciados, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) les obliga a tomar medidas hasta el máximo de sus recursos para lograr progresivamente la plena realización de los derechos. Así pues, el PIDCP exige la efectividad de los derechos contenidos y el PIDESC se refiere a un compromiso progresivo. Se trata, pues, de deberes con diferente alcance. Los derechos políticos y civiles reciben el nombre de derechos de primera generación, puesto que empezaron a esbozarse en el contexto de las revoluciones liberales del siglo XVIII, mientras que los económicos y sociales se conocen como derechos…





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