domingo, 25 de noviembre de 2012

Aula propuesta educativa

Aula propuesta educativa


Posted: 24 Nov 2012 10:51 AM PST

Factores que pueden afectar el desarrollo del lenguaje
 ¿Cuánta estimulación recibe el niño? Los niños necesitan de oportunidades que brinda el entorno y de una estimulación adecuada
Integridad biológica anatómica (oro-motor, audiológica y neurológica.) Se refiere a los órganos que intervienen en el habla, que nos hacen capaces de emitir sonidos, palabras, frases y comunicarnos
 La cantidad de idiomas que el niño escuche en casa. En ocasiones, los niños que están expuestos a más de un idioma pasan por un 'periodo silente', en el cual los niños comprenden más de lo que verbalizan y pueden pasar tiempo sin hablar. Este periodo puede durar de dos a seis meses aproximadamente.
Visión adecuada-El desarrollo del habla y lenguaje de los niños con impedimentos visuales puede verse afectado tanto por tener acceso limitado a su ambiente como por diferencias en las respuestas verbales de quienes los rodean.
Audición adecuada- La identificación e intervención temprana en niños con pérdida auditiva es crucial, independientemente el niño con pérdida auditiva termine comunicándose con señas, habla, método alterno o una combinación de herramientas.
Capacidad intelectual- El desarrollo cognitivo está estrechamente ligado al desarrollo del lenguaje. Niños con Cociente Intelectual Bajo pueden mostrar un desarrollo lingüístico por debajo de lo esperado para su edad. Para conocer la capacidad intelectual de niños no verbales es necesario utilizar pruebas psicométricas no-verbales.
Integración sensorial- El habla y el lenguaje requieren de un sistema neurológico sensorialmente integrado. Los sentidos de visión, audición, tacto, propiocepción y vestibular son necesarios para el desarrollo del habla y el lenguaje.
Fuente: EDIC COLLEGE


DIVISIÓN DE EDUCACIÓN CONTINUA

Posted: 24 Nov 2012 10:19 AM PST

 

 

EL MANEJO DEL TDAH EN EL AULA: ESTRATEGIAS PARA EL ÉXITO

18 principios fundamentales para el manejo del TDAH en el aula

Russell A. Barkley, Ph. D.

  • Para cambiar el comportamiento, es necesario cambiar el entorno de trabajo.
  • El control externo del tiempo permite reducir los retrasos.
  • La información importante debe estar a la vista (autoinstrucciones).
  • La motivación debe hacerse explícita: estrategia ganar/ganar.
  • Enseñar estrategias de solución de problemas.
  • Informar de modo inmediato sobre cómo se está haciendo la tarea (feedback) y extraer las consecuencias.
  • Reforzar los progresos con frecuencia.
  • Exponer ante los demás los resultados del propio trabajo.
  • Utilizar recompensas tangibles.
  • Cambiar periódicamente las recompensas.
  • Limitar el uso de las instrucciones verbales a favor de la representación visual.
  • Actuar, más que hablar.
  • Utilizar el sentido del humor.
  • Utilizar más la recompensa que el castigo.
  • Prever las probables dificultades y tener preparado un plan para superarlas.
  • No perder de vista las prioridades (logro de las competencias básicas).
  • Ser consciente de la dificultad específica del alumno.
  • Limitar las tareas.
Posted: 24 Nov 2012 10:00 AM PST

Como obtener el reconocimiento de minusvalía


Normalmente, los niños con un TDAH limpio no presentan síntomas que se puedan considerar como situaciones de minusvalía, sin embargo, puede haber un porcentaje considerable de afectados de TDAH que presenten, además, algunas comorbilidades que provoquen un cierto grado de incapacitación o minusvalía, según el alcance de las mismas.
Donde recoger la solicitud para diagnóstico y valoración de discapacidad
  • En los ayuntamientos, preguntar por las unidades UVAS (Servicios Sociales dentro del Ayuntamiento).
  • En el registro de la dirección general de Servicios Sociales. Dirigirse a la sección de prestaciones sociales públicos y otras ayudas sociales.
  • En el caso de las ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla se presentará en las Direcciones provinciales del IMSERSO, así como en las Servicios centrales de esta Entidad Gestora de la Seguridad Social.
  • Además podrá presentarse a través de cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 (BOE nº 285, de 27 de noviembre) y su posterior desarrollo.
Documentación necesaria para entregar junto a la solicitud de discapacidad
  • Impreso de solicitud debidamente cumplimentado (Contiene nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente, domicilio, fecha y firma.
  • Original o fotocopia compulsada del D.N.I. del interesado o del Libro de Familia. En caso de ser extranjero, tarjeta de residencia.
  • Original o fotocopia compulsada del D.N.I. del representante legal (padre, madre, tutor), en su caso, y del documento acreditativo de la representación legal (si se tratara de un menor y le representa su padre o madre, basta con el Libro de Familia)
  • Original o fotocopias compulsadas de todos los informes médicos y psicológicos de que se disponga y donde consten el diagnóstico y las secuelas tras la aplicación de medidas terapéuticas (en el caso de un niño, es recomendable aportar también todos los informes de profesionales que le dispensen atención temprana de que se disponga, si ya se le presta dicha atención).
  • Tarjeta Sanitaria.
Presentación de la solicitud junto a la documentación especificada y posteriores trámites
  • En el registro de la dirección general de Servicios Sociales
En el momento que nos den el resguardo de haber realizado la solicitud para el diagnóstico y valoración de discapacidad, debemos dirigirnos a la Seguridad Social para pedir la asignación económica de hijo a cargo. Se entiende por hijo a cargo aquel que viva con el beneficiario y a sus expensas.
A partir de haber presentado la solicitud se realizarán los siguientes trámites:
  • Serán citados para el reconocimiento.
  • Se emitirá un dictamen técnico-facultativo.
  • La resolución será notificada en el domicilio del interesado.

La duración de todos los trámites suele ser de unos tres meses (dependiendo de la ciudad, puede que incluso un año) pero el reconocimiento del grado de minusvalía se entiende producido en la fecha de presentación de la solicitud (art. 10.2 del Real Decreto 1971/1999).La normativa autonómica (citada al final de este apartado 3) establece el plazo máximo para dictar la resolución (que es de tres meses, salvo en Aragón, Castilla-La Mancha y Valencia donde dicho plazo es de seis meses), transcurrido el cual, la solicitud podrá entenderse desestimada y podrá recurrirse conforme al punto 4. de esta nota, sin perjuicio de la obligación de resolver que tiene la Administración conforme al art. 42.1 LRJPAC. En aquellas CCAA que no han dictado normativa de desarrollo el plazo es de tres meses.
Cómo afrontar la cita de reconocimiento
Al acudir a la cita es conveniente tener presente las siguientes cuestiones: El niño y el familiar u otra persona que le acompañe van a entrevistarse con tres profesionales de la Administración: médico, psicólogo y trabajador social. Es obligatorio para la Administración (art. 8.1.párrafo segundo RD 1971/1999) y conveniente para la persona que solicita la minusvalía que los tres profesionales hagan su revisión de verdad, estando obligados s aplicar los baremos incluidos en los 4 anexos del Real Decreto 1971/1999 :
- Anexo 1 A que sirve para determinar la discapacidad y que consta de unas 200 páginas. El índice de este anexo es el siguiente: Capítulo 1. Normas generales Capítulo 2. Sistema musculo esquelético Capítulo 3. Sistema nervioso Capítulo 4. Aparato respiratorio Capítulo 5. Sistema cardiovascular Capítulo 6. Sistema hematopoyético Capítulo 7. Aparato digestivo Capítulo 8. Aparato genitourinario Capítulo 9. Sistema endocrino Capítulo 10. Piel y anejos Capítulo 11. Neoplasias Capítulo 12. Aparato visual Capítulo 13. Oído, garganta y estructuras relacionadas Capítulo 14. Lenguaje Capítulo 15. Retraso mental Capítulo 16. Enfermedad mental- Anexo 1 B que se refiere a factores sociales (ingresos de la familia, dificultades familiares, desempleo, y otros factores culturales o sociales que puedan existir como por ejemplo la falta de recursos sanitarios en la zona en que se viva).
- Anexo 2 que contiene el baremo para determinar la necesidad de asistencia de otra persona para realizar las Actividades de la Vida Diaria (AVD) y que sólo se aplica a los mayores de dieciocho años. Se trata de un cuestionario de autonomía.
- Anexo 3 que contiene el baremo para determinar la existencia de dificultades para utilizar transportes colectivos a efectos de la prestación explicada en el punto 2.1.5.3 de esta nota. Para la determinación del grado de minusvalía, el porcentaje obtenido en la valoración de la discapacidad (conforme al Anexo 1 A) se modificará, en su caso, con la adición de la puntuación obtenida en el baremo de factores sociales complementarios (Anexo 1 B) y sin que esta pueda sobrepasar los 15 puntos.
El porcentaje mínimo de discapacidad sobre el que se podrá aplicar el baremo de factores sociales complementarios no podrá ser inferior al 25 por 100.
Es preciso resaltar que el Anexo 2 relativo a las AVD no se aplica a los menores de dieciocho años, puesto que se utiliza únicamente a los efectos de los artículos 148 y 186 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), es decir a los efectos de reunir los requisitos para una pensión no contributiva de invalidez o una prestación familiar por hijo a cargo de cuantía superior, reservada a minusválidos mayores de dieciocho años, con un porcentaje igual o superior al 75 por 100, y que como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite el concurso de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida diaria, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.
Tiene derecho a la asignación económica, por cada hijo, el padre o la madre del niño, que reúnan los siguientes requisitos:
  • Cuando el hijo es menor de 18 años, la prestación consiste en una asignación económica por cada hijo afectado con una minusvalía igual o superior al 33% (mínimo para poder recibir prestaciones económicas. La cuantía de la asignación económica se actualiza mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado. La cuantía no aumenta con el porcentaje de la minusvalía. Se tiene derecho a la asignación con independencia de los recursos económicos de que disponga la familia.
Centros de valoración y orientación
Definición: Son centros de ámbito provincial o comarcal destinados a la valoración y orientación de las personas con discapacidad.
Corresponde a estos centros la valoración de la minusvalía, determinando su tipo y grado.
El reconocimiento de un grado de minusvalía se produce tras los dictámenes técnico-facultativos emitidos por los Equipos de Valoración y Orientación (EVO) constituidos en estos centros.
Las funciones generales desarrolladas en estos centros, similares en los dependientes del IMSERSO como de los que lo son de los Órganos Gestores de las Comunidades Autónomas con competencia en la gestión, son:
  • La prestación de servicios de información y asesoramiento general.
  • Diagnóstico, valoración, calificación y orientación de personas con discapacidades físicas, sensoriales y/o psíquicas.
  • Logopedia, estimulación temprana, psicomotricidad, fisioterapia y psicoterapia en régimen ambulatorio.
  • Valoración y orientación en formación y empleo y formación ocupacional.
Normativa:
  • Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
  • Orden de 12 de junio de 2001 sobre creación, composición y funciones de la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado.
A qué puede dar derecho el reconocimiento de minusvalía
El reconocimiento del tipo y grado de minusvalía puede dar derecho, entre otras, a las siguientes medidas de protección social:
  • Pensión no contributiva por invalidez
  • Prestación familiar por hijo a cargo
  • Orientación para ingreso en centros
  • Tratamientos
  • Beneficios fiscales:
  • Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)
Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se contemplan una serie de reducciones en la base liquidable del impuesto considerando la condición de discapacitado del contribuyente o de ascendientes o descendientes de éste. Así, por ejemplo, en el apartado primero se dispone que "Los contribuyentes discapacitados reducirán la base imponible en 2.000 euros anuales.
  • Dicha reducción será de 5.000 euros anuales, si el grado de minusvalía es igual o superior al 65 por ciento."
  • Impuesto sobre sociedades (IS)
  • Impuesto sobre sucesiones y donaciones o Impuesto sobre el valor añadido (IVA)
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), tras la modificación operada por la Ley 6/2006, de 24 de abril, para la clarificación del concepto de vehículo destinado al transporte de personas con minusvalía (BOE de 25 de Abril), establece que en vez de pagar el 16 % de IVA por la adquisición de un vehículo para el uso de personas discapacitadas se pagará el 4%. o Impuesto especial sobre determinados medios de transporte ( IEDMT) o Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
  • Establece la exención del impuesto de matriculación de los vehículos automóviles matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo, siempre que concurran los siguientes requisitos:
    • 1º Que hayan transcurrido al menos cuatro años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones, requisito que no se exigirá en supuestos de siniestro total de los vehículos, debidamente acreditado.
    • 2º Que no sean objeto de una transmisión posterior por actos «inter vivos» (venta a otro particular) durante el plazo de los cuatro años siguientes a la fecha de su matriculación.
  • Exención en el impuesto de circulación de vehículos.
  • Conforme determina la Ley de las Haciendas Locales, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece que estarán exentos del pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica los vehículos para personas de movilidad reducida y los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo.
Esta exención se aplicará en tanto se mantengan dichas circunstancias, tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados a su transporte. Esta exención no resultará aplicable a los sujetos pasivos beneficiarios de ellas por más de un vehículo simultáneamente.
  • Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
  • Compra de vivienda:
    • Con carácter general, se establece una ayuda para la compra de viviendas de protección oficial, consistente en una subsidiación de los intereses del préstamo solicitado para la misma, así como una ayuda para la entrada que, en el caso de una persona minusválida, es de 900 euros.
  • Bono-taxi
  • Solicitud de ayudas públicas
  • Reducción en medios de transporte
  • Otras ayudas y servicios para el colectivo de personas con discapacidad que se contemplen en los organismos competentes en materia de servicios sociales ya sean autonómicos, municipales o estatales.
Legislación referente a las minusvalías
Normativa estatal:
  • Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI)Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre sobre el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
Normativa autonómica:
  • En Baleares: Orden de 24 de mayo de 2000, de la Consellería de Bienestar Social (BO Illes Balears 13 de junio de 2000)
  • En Cantabria: Orden de 12 de marzo de 2001 de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales (BO Cantabria 9 de abril de 2001)
  • En Castilla-La Mancha: Orden de 21 de marzo de 2000 de la Consejería de Bienestar Social (DO Castilla-La Mancha 30 de marzo de 2000)
  • En Castilla y León: Orden de 15 de junio de 2000 de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social (BO Castilla y León de 6 de julio de 2000)
  • En Extremadura: Orden de 31 de enero de 2001 de la Consejería de Bienestar Social modificada por otra de 20 de septiembre de 2002 (DO Extremadura de 8 de febrero de 2001 y 15 de octubre de 2002)
  • En Galicia: Orden de 29 de diciembre de 2000, de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales (DO Galicia 23 de enero de 2001)
  • En La Rioja: Orden 12/2000 de 28 de julio, de la Consejería de Salud y Servicios Sociales (BO. La Rioja 5 de agosto de 2000)
  • En Madrid: Orden 710/2000, de 8 de mayo, de la Consejería de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid (BOCAM de 17 de mayo de 2000)
  • En Murcia: Orden de 17 de julio de 2002 de la Consejería de Trabajo y Política Social (BO Región de Murcia de 14 de agosto de 2002)En Valencia: Orden de 19 de noviembre de 2001 de la Consellería de Bienestar Social (DO Generalitat Valenciana de 27 de noviembre de 2001)
Posted: 24 Nov 2012 09:51 AM PST

LO QUE LOS PADRES QUISIÉRAMOS QUE LOS PROFESORES SUPIERAN SOBRE EL TDAH


Escrito por Lisa Gridley (Ontario, Canadá)

Traducido y adaptado por la Dra. Elena Díaz de Guereñu

  1. Educar a un hijo con TDAH exige mucho esfuerzo y toda ayuda es bienvenida. Los profesores tenéis una gran influencia en el concepto que nuestro hijo tiene de sí mismo; os pedimos que hagáis todo lo posible para ayudarle a elevar y mantener alta su auto-estima.
  2. Así como una persona ciega debe adquirir determinadas habilidades para valerse por sí misma, queremos que nuestra hija aprenda las habilidades que necesita para salir adelante en todas las facetas de su vida. Tendrá que aprender a organizarse, a ser puntual, controlar su conducta, planificar y completar sus tareas, hacer amigos y conservarlos. Para ello, precisará el apoyo constante de quienes convivimos con ella, entre ellos vosotros.
  3. Todos los estudios científicos confirman que el TDAH no es consecuencia de una mala educación; podéis estar seguros de que en casa hacemos cuanto podemos para tratar el TDAH de nuestro hijo. Los estudios insisten también en la importancia de la coherencia entre el manejo del TDAH en casa y en el colegio para aumentar las posibilidades de éxito.
  4. Las personas con TDAH tienen dotes especiales: mente creativa, curiosidad, energía sin límites, sentido del humor, audacia, capacidad de liderazgo, resistencia… A menudo muestran una capacidad increíble en determinadas áreas: Informática, Matemáticas, Música… A veces, cuando tratamos de corregir su conducta de nuestra hija, nos fijamos más en sus defectos que en sus puntos fuertes; hemos de descubrir esos puntos fuertes, para que consiga sus objetivos a su propio modo.
  5. El sistema educativo exige a los alumnos permanecer sentados y en silencio durante horas, escuchando y haciendo sus tareas individualmente. Es el peor ambiente posible para una persona con TDAH. No podemos cambiar este sistema, pero sabemos por experiencia la importancia de comprender qué es el TDAH y cómo afecta a los niños. Nos encantaría colaborar con vosotros para establecer estrategias, buscar recursos para solucionar conflictos, acordar sistemas de recompensas y todo aquello que os pueda ser útil.
  6. Por favor, poneos en contacto con nosotros siempre que lo necesitéis, antes de que los problemas se agraven. Y recordad que nos gusta enterarnos de los progresos, no sólo de las noticias negativas.
  7. También nosotros necesitaremos comunicarnos con vosotros a menudo; no trataremos de aprovecharnos de la situación, podéis estar seguros. Indicadnos la mejor forma de contactar; el correo electrónico puede ser muy útil.
  8. Las personas con TDAH tienden a malinterpretar las reacciones o comentarios de otras. Nuestra hija nos puede contar algo que le ha pasado en casa o en el colegio tal como ella lo ha percibido, pero puede no haber sucedido exactamente así. Es importante que, antes de tomar decisiones, comprobemos lo que ha pasado realmente.
  9. Es necesaria la comunicación frecuente, no sólo para informar sobre conductas negativas, sino también para compartir los progresos hacia conductas positivas. Una persona con TDAH hace un enorme esfuerzo y necesita estímulos positivos; si sólo reciben reacciones negativas, acabará rindiéndose. Y también dejará de colaborar con nosotros si percibe que nos comunicamos sólo para contarnos qué ha hecho mal esta vez.
  10. El TDAH no justifica el mal comportamiento, pero ayuda a comprenderlo. Queremos que nuestra hija se porte bien con los demás, pero necesitará ayuda y motivación para conseguirlo. Es importante que reciba respuestas inmediatas, positivas y constructivas. Nuestra hija necesita instrucciones específicas y modelos de conducta. Si se porta mal, llevadla aparte para explicarle qué ha hecho mal y por qué (cómo afectó a la otra persona) y mostradle cómo debería haber actuado. Y no olvidéis felicitarla cuando veáis que ha mejorado.
  11. Los deberes de casa son un quebradero de cabeza para nuestro hijo y para nosotros, por sus problemas de organización. Por favor, ayúdale a mejorar en este aspecto; él hará también un esfuerzo y, en todo caso, el TDAH no servirá como excusa para no hacer los deberes.
  12. Los problemas de memoria a corto plazo son otra consecuencia del TDAH. Insistir en que debe responsabilizarse de recordar las cosas sin enseñarle cómo hacerlo sólo nos llevará al fracaso y a más frustración.
  13. El que nuestro hijo olvide en clase los libros y materiales necesarios para sus deberes nos produce mucho estrés, a él y a nosotros. Por favor, ayudadle a organizarse para que salga de clase con todo lo necesario. Podríamos incluso tener otro juego de libros en casa.
  14. A nuestra hija le cuesta recordar varias instrucciones recibidas a la vez. Por favor, dádselas por escrito para que nos podamos asegurar de que termina correctamente todos los deberes. Por desgracia, puede llegar a dejarse esas instrucciones en el colegio, por lo que recibirlas por e-mail o tener el teléfono de alguien de su clase puede ser muy útil.
  15. Haremos cuanto esté en nuestra mano para que nuestro hijo entregue sus trabajos con puntualidad, pero necesitaremos vuestra ayuda, ampliando los plazos de entrega si nuestro hijo tiene motivos justificados para necesitarlo. Nosotros ayudaremos a nuestro hijo a planificar los trabajos, dividiendo los más extensos en partes, fijando plazos para cada una y comprobando que se cumplen, pero cualquier ayuda que podáis prestarle en la escuela será tremendamente útil.
  16. No pensamos hacer los deberes por ella; si lo hiciéramos, sólo conseguiríamos hundir su autoestima y distorsionar vuestra percepción de su rendimiento y su progreso. Es muy importante que sea ella quien haga su trabajo y consiga las notas con su propio esfuerzo.
  17. Vamos a establecer y mantener un sistema para asegurar que todos los deberes se entregan en clase. Por favor, fijad una rutina para que os los entregue. Si falla alguna vez, hacédnoslo saber de inmediato.
  18. Cuando una persona con TDAH tiene un profesor que comprende lo difícil y frustrante que resulta tener este trastorno, el colegio puede convertirse en una experiencia fantástica, un lugar donde crecer, aprender y sentirse orgullosa de sí misma. Sin embargo, cuando su TDAH no es entendido, esa persona se siente fracasada y corremos el riesgo de que acabe tirando la toalla en el colegio y dedique sus maravillosas energías a actividades inútiles o incluso dañinas.

Esperamos poder trabajar juntos para explotar las especiales cualidades de nuestros hijos.




Escrito por Lisa Gridley (Ontario, Canadá)

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